Reunida de urgencia la junta directiva OKFN Spain ha decidido sumarse a la iniciativa de Que hacen los diputados, Fundación Civio y Access info Europe contra la actual redacción de la ley de transparencia por las siguientes causas:
1) La norma sigue sin reconocer el derecho fundamental de acceso a la información
2) No incluye informes, borradores y material de trabajo de las administraciones
3) El presidente del Consejo por la transparencia será nombrado por el Gobierno
A continuación se incluye un resumen del post original emitido por estas organizaciones.
La Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados ha aprobado hoy un texto y con la conformidad del Pleno, que lo valorará en septiembre, el Senado acogerá el proyecto de ley para avanzar hacia su definitiva aprobación.
OKFN Spain se suma a las organizaciones Access Info Europe, la Fundación Ciudadana Civio y Qué hacen los diputados reclamando una ley mucho más moderna y mucho más ambiciosa en las facilidades para mejorar el conocimiento que se puede acceder de la gestión pública.
Un derecho fundamental
La ley no reconoce el derecho de acceso a la información como un derecho fundamental.
Se sostiene para ello en valoraciones del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo anteriores a 2003 que, según nuestros análisis, no tratan en profundidad el asunto de si la Constitución incluye, en el ámbito de la libertad de expresión, el derecho de acceso a la información.
Así ha sido reconocido en muchos países de nuestro entorno y en entidades internacionales de Derechos Humanos.
De hecho, esta postura sitúa a España por debajo de los estándares internacionalmente reconocidos que rigen la transparencia y el derecho a la información, cuyo reconocimiento más reciente como derecho fundamental se produjo el pasado 25 de junio por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
La norma excluye información que interesa a la ciudadanía
Como han denunciado las organizaciones primeras firmantes de esta declaración, el proyecto de Ley de Transparencia continúa excluyendo de su alcance [a través del artículo 15(nuevo artículo18)] numerosa información de interés para el ciudadano.
Se trata de notas, informes internos, memorandos o comunicaciones internas que generalmente tienen un peso importante en las decisiones de tipo político o administrativo.
Esta información queda fuera de la ley y podría suponer para España la imposibilidad de suscribir el Convenio del Consejo de Europa de Acceso a Documentos Oficiales, cuya definición de información es más amplia y resulta incompatible con todas estas exclusiones.
No todo es malo
Por otra parte, consideramos muy positivo que las entidades privadas con un 40% de financiación pública a través de ayudas o subvenciones o más de 100.000 euros anuales del erario deban someterse también a la Ley de Transparencia.
Pero este apartado no incluye, por ejemplo, a las empresas que reciban ese porcentaje de su presupuesto vía contratos públicos o a las que se dedican a gestionar servicios públicos privatizados, por ejemplo.
Aunque finalmente se han incluido, entidades como los partidos políticos, los sindicatos, las patronales empresariales y otros órganos privados se verán eximidos de dar a conocer otra información económica, estadística o presupuestaria que no sean subvenciones o contratos con la administración. Abogamos por que cumplan la reiterada promesa del gobierno de hacer estas instituciones más transparentes.
Sobre el órgano de revisión
El Consejo de la Transparencia, el órgano que debe velar por el cumplimiento de la ley, no estará adscrito al Ministerio de Hacienda -como estaba previsto-.
Aunque la norma no aclara el proceso de elección de los miembros de su comisión, sí deja clara su composición. Serán: un diputado, un senador, un representante del Tribunal de Cuentas, un representante del Defensor del Pueblo, un representante de la Agencia Española de Protección de Datos, un representante de la Secretaría de Estado y Administraciones Públicas, y un representante de la Autoridad de Responsabilidad Fiscal.
La vinculación de la mayoría de estos miembros con el Ejecutivo pone en duda la futura independencia del organismo, cuyo presidente, además, será nombrado directamente mediante Real Decreto por el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, aunque deberá ser refrendado en el Congreso.
Un proceso de creación opaco
El proceso de tramitación ha sido tan opaco como que su comisión de expertos se ha reunido dos veces (una de ellas con un borrador de ley presentado el día anterior), con un resultado de surge una ley poco ambiciosa, laxa, con pocas garantías de proteger un derecho ciudadano y con escasas expectativas de eficacia contra la opacidad institucional y la corrupción.
Por ello, Access Info Europe, la Fundación Ciudadana Civio y Qué hacen los diputados lamentamos que se esté desaprovechado esta gran oportunidad.
2 thoughts on “OKFN Spain considera insuficiente la ley de Transparencia”
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